Este trabajo versa sobre la incidencia del marco jurídico de hidrocarburos en el marco jurídico de aguas nacionales enfocado a satisfacer el derecho humano al agua, desarrollados en México durante el periodo de 2012 a 2018. Se enmarca en proyectos de fracturación hidráulica en Piedras Negras, Coahuila.
Durante el periodo descrito existe una aparente dualidad entre las reformas constitucionales en materia de agua y en el rubro de hidrocarburos; las primeras parecen pugnar por la garantía del derecho humano al agua, mientras que las segundas favorecen el empleo de agua para actividades extractivas, incluyendo las fuentes no convencionales.
Las reformas conllevan cambios institucionales, tanto en el marco jurídico como en el marco organizacional. La metodología utilizada comprendió trabajo de gabinete y campo. El primero, para revisión de material documental e identificación de actores relevantes; mientras que el segundo para el reconocimiento del lugar de estudio y las instituciones locales a cargo de la gestión del agua, asimismo para realizar entrevistas semiestructuradas a actores claves. Adicionalmente, comprendió la construcción de una tipología de los artículos constitucionales reformados en el periodo de estudio, para lo cual se revisó el texto constitucional modificado de 2012 a 2018 y las leyes secundarias relevantes. Se plantea que el procedimiento seguido es susceptible de adecuarse para el estudio de otros municipios donde existan bloques de hidrocarburos para su eventual exploración y extracción.
Los resultados indican que las instituciones del Estado mexicano relacionadas con el agua se ajustan a los intereses predominantes en un proceso denominado acomodamiento institucional negativo ya que se vulnera la garantía del derecho humano al agua en la sostenibilidad de los recursos hídricos, como resultado de priorizar la técnica de fracking.
Se concluye que la incompatibilidad entre ambos marcos jurídicos se concreta al no emitir una prohibición expresa a la técnica de fractura hidráulica, o incluso al no regularla de manera rigurosa para evitar sus efectos negativos sobre la gestión de aguas locales.
This study is about the impact of the legal framework regarding hydrocarbons in the legal framework of national water focused on satisfying the human Right to water, both developed in Mexico during the 2012 to 2018 period. It is framed on hydraulic fracturing projects at Piedras Negras, Coahuila.
During such period there is a seeming duality between constitutional reforms regarding water and regarding hydrocarbons matters; the ones regarding water seem to strive for the guarantee of human Right to water, whilst the ones regarding hydrocarbons favor water usage for extractive activities, including specific cases from non-conventional sources.
Reforms entail institutional changes, both in legal framework and in organizational framework. Methodology herein used, covered clerical work and fieldwork. The fists one for documental material revision as well as relevant actors identification, the second one for the recognition of the place of study and the local institutions in charge of water management, also for carrying out semi-structured interviews to relevant actors. Additionally, it included a typology construction for modified constitutional articles during the studied period, for which modified constitutional text and relevant subsidiary legislation from 2012 to 2018 were reviewed. It is proposed that the applied procedure could be adapted for other municipalities studies, where there are hydrocarbons blocks for eventual exploration and extraction.
The results suggest that, Mexican State institutions regarding water are adjusted to predominant interests in a process called negative institutional arrangement, because the guarantee of human Right to water from water resources sustainability is infringed as a result of prioritizing fracking technique.
It is concluded that incompatibility between the two legal frameworks is manifested when there is no resolution to expressly prohibit hydraulic fracturing technique, or even in the not rigorous regulation in order to avoid its negative effects on local water management.